Presunción de inocencia

29 de Enero del 2023 · 08:00

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de VLN Radio.

Presunción de inocencia
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La presunción de inocencia es una garantía establecida en la ley que ampara a toda persona imputada de un delito.

¿Qué relevancia tiene esta presunción? Que nadie puede ser enviado a la cárcel por el solo hecho de cometer un delito, para ello es necesario un juicio previo en que se le den las garantías de un proceso justo, con defensa letrada (asesorado por un abogado).

Entiendo que la mayor parte de la gente no quede conforme cuando alguien es sindicado como autor de un delito, pase a audiencia de control de detención y quede en libertad. Es simplemente el ejercicio de un derecho que tiene toda persona, permanecer en libertad, el estado natural del ser humano.

La idea del legislador es que la persona sea procesada, acusada y sólo una vez condenada comience a cumplir con la pena.

Excepcionalmente la persona puede ser privada de libertad sin estar condenada, siempre que se trate de delitos graves, que existan antecedentes que justifiquen la existencia de delito y presunciones que el imputado es autor del hecho ilícito, o en el caso de delincuentes habituales. Se justifica la prisión preventiva por peligro para la sociedad y para la víctima, pero reitero, son situaciones excepcionales.

Advierto en la prensa que se critica a los jueces porque  dejan en libertad a personas que han cometido un delito o cuasidelito. Hay aquí dos situaciones, la ya dada, que se resume en el principio de inocencia y la segunda, y esto no lo sabe la mayoría de las personas, EL JUEZ NO PUEDE DE OFICIO ordenar una prisión preventiva, esta debe ser solicitada o por el fiscal o por el querellante. En otras palabras, si el fiscal no pide la prisión preventiva, el imputado queda libre. Esta situación se debe a que el procedimiento establece que la INVESTIGACIÓN DE UN DELITO corresponde al Ministerio Público, no al poder judicial y el JUEZ en esta etapa del procedimiento es el funcionario encargado de velar por los derechos tanto de la víctima como del imputado.

Más adelante me referiré a la separación de funciones dentro de un proceso penal, en que el juez es solo una parte del procedimiento y no siempre la principal.

Para finalizar, cómo se explica la labor de un JUEZ DE GARANTÍA. Es el encargado de velar por los derechos constitucionales de todos quienes habitamos este país. Piense el lector por un minuto, que alguien mañosamente le imputa un delito y se colude con otros para sindicarlo como autor del mismo.  ¿Consideraría justo que lo dejaran privado de libertad con la sola afirmación de “la víctima aparente”? Seguro que la respuesta es NO. Bien, ahí está la explicación. El juez de garantía vela por su derecho a un justo proceso y sólo una vez que el procedimiento esté terminado, se dicte una sentencia que lo declare culpable y esta quede ejecutoriada, sólo en ese momento  el imputado o acusado se considerará culpable y deberá afrontar la sanción penal, no ante.

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