Reclaman por falta de criterio de propietarios de mascotas

El uso de correas y bozal están contemplados en la "Ley Cholito"

03 de Septiembre del 2018 · 11:21
Reclaman por falta de criterio de propietarios de mascotas
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Cada vez son más los curicanos que salen a trotar o hacer caminata con sus mascotas, pero lo que muchas veces es planificado como un momento de agrado, se convierte en una verdadera pesadilla debido a que algunas personas no entienden que los perros deben salir con correa y, en determinados casos, con bozal.

De hecho, así lo establece el reglamento de Condiciones de Higiene y Seguridad de la “Ley Cholito” que fue promulgada en agosto del año pasado. Esta define lo siguiente “los perros, mientras se encuentren en la vía pública y en los espacios señalados en el punto anterior, deberán estar refrenados con la debida correa de sujeción y tomando todas las medidas sanitarias que este reglamento contempla”.

Estamos preocupados por el incumplimiento de la ley por parte de los dueños de las mascotas. Queremos que se cumplan las disposiciones legales y avanzar hacia una mayor cultura de tenencia responsable de éstas”, precisó el concejal, Raimundo Canquil. Junto a esto, la autoridad comunal planteó la necesidad que las personas entiendan que los perros de “raza peligrosa” deben ser paseados con los implementos de seguridad que establece la ley.

También esta ley contempla un reglamento que califica a ciertos especímenes caninos como potencialmente peligrosos en base a las siguientes características: pertenencia a ciertas razas y sus cruces o híbridos, características físicas tales como el tamaño o la potencia de la mandíbula, las cuales puedan causar lesiones a personas o daños de consideración a otros animales de su misma especie.

Quedarán exceptuados de la calificación de caninos potencialmente peligrosos, bajo las características establecidas en esta letra, los perros de asistencia para personas con discapacidad; existencia de conducta agresiva o de episodios anteriores de agresión.

El responsable de un animal calificado como potencialmente peligroso conforme a lo dispuesto en este artículo deberá adoptar las medidas especiales de seguridad y protección que determine el reglamento respecto del ejemplar, tales como circulación de éste con bozal o arnés, esterilización del mismo, restricción de la circulación del animal en lugares de libre acceso al público o en bienes nacionales de uso público, prohibición de dejarlo al cuidado de menores de 18 años de edad, según corresponda indica hoy una nota del diario la Prensa.

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